En una columna publicada en El Mercurio Legal (19 de junio de 2026), el Dr. Jaime Ubilla, director del Centro de Derecho de Conservación, responde a un artículo del Journal of Environmental Law que vincula el derecho real de conservación con parcelaciones rurales.

Formula seis aclaraciones: conservación no es lo mismo que área protegida; el DRC es un instrumento flexible; la fiscalización es tarea del derecho público; el DRC no autoriza subdivisiones; la ley no contempla custodios ni garantes, sino titulares que designan auditores independientes; y no toda conservación es de interés público.

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